POL-EST-002
Suplementos, scopes y comunicaciones con aseguradoras
Un suplemento es una solicitud o documentación adicional relacionada con un estimado y fundada en partidas omitidas, condiciones observadas o información adicional. El cliente deberá indicar qué servicio exacto solicita:…
- Documento
- POL-EST-002
- Versión
- 1.0
- Estado
- Vigente
- Vigente desde
- 1 de octubre de 2026
- Actualizado
- 20 de octubre de 2026
- Categoría
- Estimados y suplementos
1. Alcance
Un suplemento es una solicitud o documentación adicional relacionada con un estimado y fundada en partidas omitidas, condiciones observadas o información adicional. El cliente deberá indicar qué servicio exacto solicita: identificación de diferencias, redacción técnica, actualización de cantidades, preparación del documento, soporte o nueva comparación con el carrier.
2. Evidencia y documentación
Las justificaciones pueden depender de fotografías, mediciones, reportes de terceros, códigos de construcción vigentes, informes y documentación del proyecto. La incorporación de un ítem debe respaldarse en hechos; no se incluirán daños inexistentes ni partidas deliberadamente duplicadas.
3. Límites de revisión
Las correcciones del suplemento original seguirán el alcance y condiciones contratadas. Nuevos daños, nuevas áreas, cambios de materiales y rearmado extenso del suplemento podrán cotizarse aparte. Las revisiones gratuitas de un estimado anterior no cubren automáticamente un suplemento nuevo.
4. Tarifas y autorización
Cuando la preparación o actualización del suplemento no esté incluida en la cotización, LBS indicará alcance y precio antes de ejecutarlo. No se cobrarán gestiones no aprobadas.
5. Sin garantías de aprobación
La aseguradora es responsable de sus propias determinaciones. LBS no puede garantizar aceptación de partidas, montos de recuperación, plazos de respuesta ni pago de reclamos.
6. Actividades reguladas
Las comunicaciones y actuaciones deben ajustarse a las licencias y reglas estatales aplicables. LBS no se presenta como ajustador público, abogado o inspector cuando no se encuentre autorizado para prestar esas funciones.

